Mutuo acuerdo
Cuando ambos desean divorciarse y pueden definir previamente los asuntos relacionados con hijos y patrimonio.
Evaluamos la vía adecuada, prevenimos acuerdos incompletos y acompañamos las decisiones sobre hijos, bienes y obligaciones para que avance con seguridad.

La ruta depende del nivel de acuerdo, el tiempo de matrimonio, la situación de los hijos y el régimen patrimonial.
Cuando ambos desean divorciarse y pueden definir previamente los asuntos relacionados con hijos y patrimonio.
Procedimiento no contencioso sujeto a requisitos legales y a la competencia de la notaría o municipalidad.
Vía judicial cuando no existe acuerdo o se invoca una causal que debe ser sustentada y probada.
Un divorcio no es solo disolver el matrimonio. La estrategia debe anticipar las consecuencias familiares y patrimoniales.
Tenencia, régimen de visitas y alimentos deben contar con acuerdos o decisiones previas según corresponda.
Debe revisarse el régimen patrimonial, los bienes adquiridos y la forma adecuada de liquidación.
Acta de matrimonio, documentos de identidad y partidas requeridas deben estar vigentes y completas.
En un divorcio contencioso, la viabilidad depende de hechos, plazos y medios probatorios.
Información general basada en la orientación del Estado peruano y la Ley N.° 29227.
No. La vía notarial o municipal requiere mutuo acuerdo y el cumplimiento de condiciones legales relacionadas, entre otros aspectos, con hijos y patrimonio.
Depende de la vía, la entidad competente, la documentación y si existe controversia. Los procesos no contenciosos suelen ser más breves que un proceso judicial por causal.
Debe identificarse el régimen patrimonial y determinar qué bienes y obligaciones corresponden a la sociedad conyugal antes de definir su liquidación.
Puede evaluarse una vía judicial por causal, siempre que los hechos encajen legalmente y puedan sustentarse con medios probatorios.
Una evaluación temprana permite elegir la vía y evitar complicaciones posteriores.